Precios de Transferencia

Reporte Local (Local File)

Elaboración del Reporte Local (Local File) y Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia FV 3560.

Solicitar asesoría –
Obligatorio para
Empresas con operaciones con partes vinculadas o con paraísos fiscales
Marco normativo
Decreto Legislativo N° 1312, Ley del Impuesto a la Renta, Resolución de Superintendencia N° 014-2018/SUNAT
Entregable
Reporte Local + Declaración Jurada Informativa FV 3560
Normativa

Marco Legal

El Decreto Legislativo N° 1312 del 31/12/2016, modifica la Ley del Impuesto a la Renta, regulando de esta manera que las Declaraciones Juradas Informativas de Precios de Transferencia sean 03: i) Reporte Local; ii) Reporte Maestro; y, iii) Reporte País por País.

Las declaraciones indicadas anteriormente están adecuadas a las normas de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos), y esto le permite a la SUNAT, controlar y fiscalizar aún más las transacciones internacionales que realizan personas o empresas relacionadas, o por transacciones desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición, también llamados “paraísos fiscales”.

Declaración Jurada

Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia – Reporte Local

Mediante Resolución de Superintendencia N° 014-2018/SUNAT (18/01/2018) se aprobaron las normas para la presentación de la Declaración Jurada Informativa Reporte Local, estableciéndose entre otros lo siguiente:

Sujetos obligados

Obligados a la presentación

Sujetos obligados a presentar Información de Registro en el Reporte Local en el ejercicio 2024 y tuvieran transacciones dentro del ámbito de aplicación de precios de transferencia.

Tramos In. Netos Trans. con Vinculados Anexos
Tramo I 2300 UIT 100 400 UIT Anexo I
Tramo II 2300 UIT < 400 UIT Anexo II, III, IV
Formulario Virtual

Presentación del Formulario Virtual

La presentación debe realizarse a través de SUNAT VIRTUAL en el Formulario Virtual N° 3560 – Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia - Reporte Local, considerando el vencimiento de las obligaciones mensuales correspondiente al periodo tributario mayo 2024.

Sanciones

Multas

Las multas son 02; i) Por no presentar la declaración en el plazo indicado por la SUNAT; y, ii) por presentar una declaración incompleta o no conforme con la realidad; pudiendo ser equivalente a 0.6% de los ingresos netos del contribuyente, no podrá ser menor de 10% de la UIT (S/ 420.00), con un tope máximo de 25 UIT (S/ 105,000.00).

RUC VENCIMIENTO
015 de Junio del 2026
116 de Junio del 2026
2 y 317 de Junio del 2026
4 y 518 de Junio del 2026
6 y 719 de Junio del 2026
8 y 922 de Junio del 2026
Buenos Contribuyentes23 de Junio del 2026

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